Identificación de drones con matrículas.

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Según expone el Real Decreto 1036/2017, todas las aeronaves pilotadas por control remoto (RPA) deberán llevar pegada a su estructura una placa de identificación ignífuga, en la que deberá constar la identificación de la aeronave, mediante su designación específica, incluyendo el nombre del fabricante, tipo, modelo y, en su caso, número de serie, así como el número de operador y los datos necesarios para ponerse en contacto con él (email o teléfono).

La información que debe figurar en la placa deberá ir marcada en ella por medio de grabado químico, troquelado, estampado u otro método homologado de marcado ignífugo, de forma legible a simple vista e indeleble.

¿Quién debe utilizar estas placas identificativas para drones?

Son los propietarios de las aeronaves pilotadas por control remoto los encargados de cumplir con los requisitos de identificación. Se utilizarán siempre en cualquier vuelo en espacio público, tanto en vuelos profesionales como en vuelos recreativos.

Asimismo, las estaciones de pilotaje remoto deberán llevar (también) fijada a su estructura una placa identificativa ignífuga en la que conste el nombre del propietario y los datos necesarios para ponerse en contacto con él.

¿Dónde se tienen que colocar estas matrículas?

Una de las placas deberá ir fijada a la estructura del dron (no se puede pegar en la batería o en cualquier otra parte que se pueda extraer). Normalmente irá ubicada en la parte inferior del dron o en uno de sus brazos, pegada con cinta adhesiva de doble cara (incluida en nuestras placas). Evitaremos colocarla cerca de la brújula o del GPS del dron, para evadir interferencias.

En la emisora, la placa de identificación se puede pegar en la parte trasera.

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Nueva Normativa Europea vuelo de drones en España.

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Normativa Europea de UAS/DRONES.

El Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 ya es aplicable en España desde el 1 de enero de 2024. Esta nueva normativa europea se aplica a cualquier aeronave no tripulada indistintamente de su masa y de uso, ya sea para vuelo profesional o recreativo.

Con la nueva Normativa Europea todos los pilotos de drones en España se tienen que registrar como Operador de Drones. El registro es gratuito y se realiza Online desde la web de AESA. Una vez registrado podrás descargar el certificado de operador de UAS con tu número de operador que tendrás que pegar físicamente en todos tus drones. Este registro es válido para volar tu dron en cualquier país de la Unión Europea.

¿Siguen siendo obligatorio identificar mi dron?

Sí, la identificación física sigue siendo obligatoria. Hay que identificar todos nuestros drones con el número de operador que obtendrás a través de la web de AESA. Si ya dispones de tu número de operador, puedes indicarlo en el campo "Nº Operador" de nuestras placas. El número de operador en España comienza por "ESP..." seguido de una serie de letras y números. IMPORTANTE: NO confundir con el número de RP (Remote Pilot).

¿Dónde puedo obtener mi número de operador de drones (obligatorio)?

Desde la web de AESA, es gratuito y se puede tramitar 100% online: CLIC AQUI

¿Necesito titulación para adaptarme a la nueva normativa Europea?

Dependiendo de la clase de dron y de su peso, es muy probable que tengas que realizar algún tipo de formación para obtener la titulación correspondiente. La mayoría de los vuelos se realizarán en Categoría Abierta.

Marcado de clase C0. Drones con un peso inferior a 250 gr. necesitarás registrarte cómo operador en AESA y familiarizarte con el manual del fabricante de tu dron. No es necesario realizar formación, no obstante, puedes formarte de forma voluntaria y gratuita para conocer conceptos importantes sobre el pilotaje de drones, así ya tendrás esta titulación si el día de mañana tienes un dron de más de 250 gr. 

Marcado de clase C1. Drones entre 250 gr. y 900 gr. necesitarás registrarte cómo piloto operador en AESA y además tendrás que realizar un curso de formación online, es gratuito y se imparte desde la web de AESA. Una vez que obtengas este título, tendrás que llevarlo contigo siempre que vayas a volar tu dron.

Marcado de clase C2. Drones entre 900 gr. y 4 kg. necesitarás registrarte cómo piloto operador en AESA y además tendrás que realizar el curso de formación online gratuito que se imparte desde la web de AESA. Además de realizar un examen autopráctico (todavía está por resolver). Una vez que obtengas este título, tendrás que llevarlo contigo siempre que vayas a volar tu dron.

¿Necesito un seguro de responsabilidad civil para volar mi dron?

A día de hoy en España es obligatorio contar con un seguro de responsabilidad civil para todos los drones, tanto en vuelos recreativos como en vuelos profesionales. Desde nuestra página web es posible contratar tu seguro online de forma rápida y sencilla por muy poco: SEGUROS DRONES

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Revista para pilotos de drones

Si quieres aprender más sobre drones, normativa, consejos de vuelo, entrevistas y más. No dudes en visitar: www.revistadron.es

Una revista digital y gratuita para pilotos de drones, con artículos muy interesantes de todo tipo.

Revista drones

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¿Dónde puedo volar mi drone?

Los drones utilizados exclusivamente para exhibiciones aéreas, actividades deportivas, recreativas o de competición, incluidas las actividades lúdicas propias de las aeronaves de juguete deben cumplir una serie de normas:

Operar a una distancia mínima de 8 km. respecto del punto de referencia de cualquier aeropuerto o aeródromo. Y 15 km. si dicho aeropuerto cuenta con procedimientos de vuelo instrumental (es decir, la navegación que puede realizarse exclusivamente mediante instrumentos).

Volar siempre fuera del espacio aéreo controlado, las FIZ o de cualquier zona de tránsito de aeródromo (ATZ).

A una altura máxima sobre el terreno no superior a 120 metros, o sobre el obstáculo más alto situado dentro de un radio de 150 metros desde la aeronave.

En vuelo bajo condiciones meteorológicas de vuelo visual.

En VLOS (dentro del alcance visual). En el caso de que se usen dispositivos de visión en primera persona (FPV), la operación deberá realizarse dentro del alcance visual, sin ayuda de tales dispositivos, de observadores que permanezcan en contacto permanente con el piloto.

Dar prioridad a todas las demás categorías de aeronaves.

No se podrá volar en zonas reservadas, prohibidas o restringidas a la navegación aérea.
Recuerda consultar siempre el mapa de ENAIRE antes de volar: https://drones.enaire.es/